Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) vs. Régimen Ordinario de Tributación: ¿Cuál es la diferencia?
Una de las decisiones que debes tomar al constituir tu S.A.S. en Colombia es el régimen tributario bajo el cual va a operar. En Lilex, por defecto constituimos tu sociedad bajo el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE), pero puedes cambiarlo al Régimen Ordinario durante el proceso si así lo prefieres. En este artículo te explicamos en qué consiste cada uno, cuáles son sus diferencias y cuál podría ser más conveniente para tu empresa según el momento en que se encuentre.
¿Qué es el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE)?
El Régimen Simple de Tributación, conocido como SIMPLE, fue creado por la Ley 1943 de 2018 y tiene como objetivo simplificar el cumplimiento de obligaciones tributarias para pequeñas y medianas empresas, y para emprendimientos en etapa de crecimiento.
Su principal característica es que unifica en un solo pago varios impuestos que en el Régimen Ordinario se declaran y pagan por separado: el impuesto sobre la renta, el impuesto de industria y comercio (ICA), el complementario de avisos y tableros, y la sobretasa bomberil, entre otros.
RESUMEN DEL RÉGIMEN SIMPLE
El SIMPLE unifica múltiples impuestos en un solo pago. La tarifa varía entre el 1,8% y el 14,5% sobre los ingresos brutos del año, dependiendo de la actividad económica y del nivel de ingresos. Se paga mediante anticipos bimestrales y una declaración anual ante la DIAN.
¿Qué es el Régimen Ordinario de Tributación?
El Régimen Ordinario es el sistema tributario general que aplica por defecto a todas las sociedades en Colombia que no estén inscritas en el SIMPLE. En este régimen, los impuestos se declaran y pagan de forma separada: el impuesto sobre la renta (tarifa del 35% sobre las utilidades netas), el ICA de forma independiente, y cada obligación tributaria se gestiona por separado ante la DIAN y los municipios.
A diferencia del SIMPLE, el Régimen Ordinario permite deducir una mayor variedad de gastos y costos de la base gravable, lo que puede resultar ventajoso para empresas con altos costos operativos o con estructuras financieras más complejas.
RESUMEN DEL RÉGIMEN ORDINARIO
En el Régimen Ordinario, el impuesto sobre la renta se calcula sobre las utilidades netas de la empresa con una tarifa del 35%. Permite mayores deducciones de gastos operativos. Cada impuesto se declara y paga por separado, lo que implica una mayor carga administrativa pero también mayor flexibilidad en la planeación tributaria.
Diferencias clave entre SIMPLE y Ordinario
| Característica | Régimen SIMPLE | Régimen Ordinario |
|---|---|---|
| Base gravable | Ingresos brutos | Utilidades netas |
| Tarifa | 1,8% a 14,5% según actividad | 35% sobre utilidades netas |
| Impuestos que unifica | Renta + ICA + otros | Cada impuesto por separado |
| Deducciones de gastos | Limitadas | Amplias |
| Complejidad administrativa | Baja | Media-Alta |
| Periodicidad de pago | Anticipos bimestrales + declaración anual | Declaración anual + anticipos |
| Ideal para | Empresas nuevas o con ingresos bajos | Empresas con altos costos operativos |
¿Por qué iniciar con el Régimen SIMPLE puede ser una buena estrategia?
Cuando una empresa está comenzando operaciones, sus ingresos suelen ser bajos o moderados y sus gastos de funcionamiento son altos. En ese escenario, el Régimen SIMPLE ofrece varias ventajas prácticas que lo hacen especialmente atractivo para emprendedores en etapa temprana.
1. Simplicidad administrativa
En el SIMPLE, el cumplimiento tributario es mucho más sencillo. Pagas un porcentaje sobre tus ingresos brutos y listo. No necesitas llevar una contabilidad tan detallada de gastos y deducciones, lo que reduce significativamente el costo de un contador en los primeros meses de operación.
2. Tarifas bajas cuando los ingresos son bajos
Si tu empresa está comenzando y aún no genera ingresos significativos, la tarifa del SIMPLE puede ser más favorable que el 35% sobre utilidades del Régimen Ordinario. Cuando los márgenes son altos y los costos son bajos, pagar un porcentaje pequeño sobre ingresos brutos suele salir más económico.
3. Flujo de caja más predecible
Al saber de antemano qué porcentaje de tus ingresos va a tributar, puedes planear tu flujo de caja con mayor precisión. No hay sorpresas al final del año por utilidades inesperadas que generen una factura fiscal elevada.
¿CUÁNDO CONVIENE MÁS EL RÉGIMEN ORDINARIO?
El Régimen Ordinario puede ser más conveniente cuando tu empresa tiene costos operativos muy altos (nómina grande, arrendamientos, insumos costosos), ya que en ese régimen puedes deducir esos gastos de la base gravable y reducir significativamente el impuesto a pagar. Si tus utilidades netas son bajas o negativas, el 35% sobre utilidades resulta en un impuesto menor que el porcentaje sobre ingresos brutos del SIMPLE. Te recomendamos asesorarte con un contador público para determinar cuál conviene más en tu caso específico.
¿Cómo cambiar de régimen tributario?
El régimen tributario no es una decisión permanente. Puedes evaluar cada año si el régimen que tienes sigue siendo el más conveniente para tu empresa y, si decides cambiarlo, tienes hasta el 31 de diciembre de cada año para hacer el cambio, que aplicará a partir del siguiente año fiscal.
¿Cómo se hace el cambio?
El cambio de régimen se realiza ante la DIAN, actualizando el RUT de tu empresa antes del 31 de diciembre del año en curso. El nuevo régimen empezará a aplicar a partir del 1 de enero del año siguiente. Es un trámite que puede gestionar directamente tu contador o asesor tributario.
¿Con qué régimen me constituye Lilex?
En Lilex, por defecto constituimos tu S.A.S. bajo el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE). Si durante el proceso de constitución decides que prefieres el Régimen Ordinario, puedes indicarlo y lo gestionamos sin ningún problema. Y si después de operar un tiempo decides cambiar de régimen, basta con hacer la actualización ante la DIAN antes del 31 de diciembre del año en curso.
EN RESUMEN
El Régimen SIMPLE unifica varios impuestos en un solo pago sobre ingresos brutos, con tarifas entre 1,8% y 14,5%, y es ideal para empresas nuevas o en crecimiento por su simplicidad y bajos costos administrativos. El Régimen Ordinario aplica el 35% sobre utilidades netas, permite más deducciones y conviene más cuando los costos operativos son altos. Puedes cambiar de régimen cada año antes del 31 de diciembre. Si tienes dudas sobre cuál te conviene más, te recomendamos asesorarte con un contador público experto.
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